Contratos de alquiler en 2026: qué cambió con el DNU 70/2023
A fines de 2023, el DNU 70/2023 derogó la Ley de Alquileres (Ley 27.551). Desde entonces, los contratos nuevos se rigen por el Código Civil y Comercial con mucha más libertad para pactar. Este es un resumen en lenguaje simple.
1. El plazo lo eligen las partes
Ya no hay un mínimo obligatorio de 3 años. El plazo se acuerda libremente. Si el contrato no dice nada, para vivienda se considera de 2 años.
2. Ajustes libres
Las partes pueden elegir qué índice usar (IPC, ICL u otro) y cada cuánto ajustar. Por eso hoy conviven contratos con ajustes trimestrales, cuatrimestrales, semestrales y anuales, cada uno con su fecha.
3. Moneda
El alquiler se puede pactar en pesos o en otra moneda, según lo que acuerden las partes. Igualmente, la mayoría de los contratos de vivienda se siguen haciendo en pesos con ajuste por índice.
4. Rescisión anticipada
El inquilino puede terminar el contrato antes de tiempo. En general, si no se pactó otra cosa, corresponde pagar una indemnización equivalente al 10% del saldo de alquileres que faltaban. Conviene leer qué dice cada contrato en particular.
5. ¿Y los contratos firmados antes?
Los contratos firmados bajo la Ley 27.551 (entre julio de 2020 y diciembre de 2023) siguen con sus propias condiciones hasta que terminan: en general, 3 años y ajuste anual por ICL.
Qué significa esto en el día a día
Para inmobiliarias y propietarios con varios alquileres, el cambio trajo un problema práctico: cada contrato ajusta distinto. Llevar el control en una planilla, con fechas, índices y frecuencias diferentes, es donde aparecen los errores y los reclamos.
Por eso tiene sentido usar una herramienta que calcule cada ajuste con el índice oficial y avise a tiempo. Podés probar la calculadora gratis o cargar tus contratos en AlquilerGo.
Preguntas frecuentes
¿Sigue vigente la Ley de Alquileres?
No. La Ley 27.551 fue derogada por el DNU 70/2023 a fines de 2023. Los contratos nuevos se rigen por el Código Civil y Comercial.
¿Cuál es el plazo mínimo de un alquiler hoy?
No hay un mínimo obligatorio: lo acuerdan las partes. Si el contrato no fija plazo, para vivienda se aplican 2 años.
¿Puedo ajustar cada 3 meses?
Sí, en los contratos nuevos la frecuencia del ajuste se pacta libremente.
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Probar gratis Usar la calculadoraEste artículo es informativo y no reemplaza el asesoramiento de un abogado o corredor inmobiliario matriculado. Revisá siempre las cláusulas de tu contrato.